Legislación

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Encuadramiento Legal

El marco jurídico aplicable a los servicios de confianza y a la identificación electrónica en el mercado interior de la Unión Europea está actualmente consagrado en elReglamento (UE) no910/2014, relativo a la identificación electrónica y a los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior, que preconiza un régimen jurídico armonizado, directamente aplicable en todos losEstados miembros.

Dicho Reglamento pretende garantizar la confianza, la seguridad jurídica e interoperabilidad transfronteriza de las transacciones electrónicas, garantizando que los medios electrónicos de identificación y los servicios de confianza sean reconocidos y aceptados en toda la Unión Europea.


En este ámbito,el Reglamento eIDASestablece, entre otros, los siguientes principios y efectos jurídicos fundamentales:

  • Aplicación directa y uniforme en todos los Estados miembros de la Unión Europea sin necesidad de transposición;
  • Reconocimiento jurídico pleno de los documentos electrónicos, no pudiendo rechazarse exclusivamente por encontrarse en formato digital;
  • Definición de un régimen jurídico para servicios de confianza cualificados, incluidas firmas electrónicas calificadas, sellos electrónicos cualificados, sellos temporales, servicio cualificado de validación de firmas electrónicas, servicio calificado de preservación de firmas electrónicas, entre otros.
  • Reconocimiento de la validez jurídica reforzada de las firmas electrónicas calificadas, asimiladas a firmas manuscritas con arreglo a las disposiciones legales aplicables;
  • Creación y mantenimiento de listas de confianza (Trusted Lists), con identificación de los proveedores cualificados de servicios de confianza (QTSP), con efectos jurídicos constitutivos;

En el contexto de laevolución tecnológica y transformación digitaldel mercado interior, el marco jurídico eIDAS se encuentra actualmente en desarrollo a través de la iniciativa designada poreIDAS 2.0, que introduce un conjunto de actualizaciones estructurales orientadas a reforzar la identidad digital europea, la soberanía del usuario sobre sus datos y la expansión de los servicios de confianza cualificados.

OeIDAS 2.0Introduce, en particular:

Protección de datos personales

El refuerzo de los principios de seguridad, privacidad y control de los datos personales por el titular, en relación con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)

Cartera Europea

La creación de la cartera europea de identidad digital, permitiendo a los ciudadanos y personas colectivas almacenar, gestionar y compartir de forma segura credenciales de identificación y atributos electrónicos

Ecosistema de identidad

El desarrollo de un ecosistema de identidad digital interoperable a escala de la Unión Europea, permitiendo la autenticación y el uso de servicios públicos y privados de forma transfronteriza

Certificados de Atributos

La introducción de certificados electrónicos cualificados de atributos destinados a la certificación de cualificaciones, derechos o características de personas físicas y colectivas

Entre los nuevosservicios fiduciarios cualificadosintroducidos o reforzados se destacan:

  • Oservicio cualificado archivo electrónico, que garantiza la integridad, autenticidad y preservación de documentos electrónicos a lo largo del tiempo;
  • Olibro-razán electrónico calificado, basado en tecnologías de registro distribuido, garantizando la inmutabilidad, trazabilidad y orden cronológico de los registros electrónicos.

Decreto-Ley no 12/2021, de 9 de febrero

En el ordenamiento jurídico nacional, el Reglamento eIDAS es complementado por el Decreto-Ley no 12/2021, de 9 de febrero, que garantiza su ejecución, estableciendo que los documentos electrónicos firmados con firma electrónica calificada gozan de valor probatorio equivalente al de documentos con firma manuscrita, en virtud del código civil portugués.

Legislación y Reglamentos

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